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El arquitecto Cacoub exige una indemnización de 11,5 millones al Ayuntamiento de Carboneras

Presenta una reclamación previa a la vía judicial para que se le resarza por la quiebra que el gobierno de Cristóbal Fernández instó contra sus empresas en 2002


Ayuntamiento de Carboneras

ACTUALIDAD ALMANZORA / 13·07·2015

Alain Pierre Cacoub, arquitecto y empresario francés hijo del también prestigioso arquitecto Olivier-Clément Cacoub, ha presentado una reclamación administrativa contra el Ayuntamiento de Carboneras por los daños sufridos a lo largo de 12 años. La cuantía desborda la imaginación de la práctica totalidad de los mortales. Exige una satisfacción económica que alcanza los 11.452.595,37 euros, aunque el informe pericial aportado contempla una valoración máxima de 15.938.873,76” a la que el demandante renuncia.
Cacoub, un habitual de Carboneras desde que sus padres quedaran prendados de la belleza de este pueblo, allá por el año 1962, es administrador de Carboneras Playa SA, sociedad que fue declarada en quiebra, según el auto 80/2002 emitido por el Juzgado Número 1 de Vera el 25 de marzo de 2002. Todo “por supuestas deudas de IBI cuyo importe ascendía –sumando las de Colina Mar SA, también propiedad de Cacoub- 82.885,88 euros”.
La decisión judicial fue resultado del acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno municipal apenas dos semanas antes, el 11 de febrero de 2002, y ratificado por el pleno el 11 de septiembre de ese mismo año con la oposición de PP e IU. Una y otra medida resultan insólitas para el conjunto de los abogados consultados por esta redacción, especialistas en derecho mercantil, que desconocen un caso similar en España.
“El artículo 93 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común presenta el procedimiento recaudatorio que han de seguir las Administraciones a la hora de exigir el cobro de las deudas pendientes que no han sido abonadas en periodo voluntario, y que no es otro que el procedimiento de ejecución – y no la instancia de quiebra, como sucedió en este caso-”, señalan los representantes jurídicos de Alain Cacoub.
El empresario francés justifica la astronómica indemnización en varios conceptos: lucro cesante -renta que se deja de percibir como consecuencia del perjuicio causado-, daño emergente -valor de un bien que ha sufrido perjuicio- y daño al honor.
En su reclamación relata que el desarrollo de sus empresas “se vio truncado por la petición de quiebra a que se vieron sometidas a instancias del Ayuntamiento de Carboneras”, en base “a unas supuestas deudas relativas a una serie de impagos por deudas no atendidas, en relación con unas liquidaciones de IBI, y cuyo importe ascendía a 82.885,88 euros -50.286,22 correspondientes a Carboneras Playa; 14.740,74 de Colina Mar; y 17.858,92 exigidas al propio Alain Cacoub-.
Según exponen los representantes legales de Cacoub en un largo documento registrado en el Consistorio, el gobierno del entonces alcalde Cristóbal Fernández sostuvo su petición de quiebra en la supuesta “existencia de un procedimiento civil de suspensión de pagos de la sociedad Carboneras Playa, lo que no es en absoluto cierto”.
El asunto venía de largo. “Desde 1993, en numerosos escritos, y en concreto en tres de fecha 4 de mayo de 1995”, se aclaró al Ayuntamiento “que la gran mayoría de los recibos de IBI que se reclamaban no correspondían a las mercantiles o bienes de Cacoub”.
Pese a ello, “sin ningún tipo de requerimiento previo, y conocidas las circunstancias expuestas, el Excmo. Ayuntamiento de Carboneras, instó [ante el juzgado] la quiebra necesaria de Carboneras Playa SA”.
Se refiere también Cacoub al trato discriminatorio sufrido en 2002, fecha en la que se solicitó al juzgado la quiebra de sus empresas, puesto que “el 13 de septiembre [de ese mismo año] el propio Ayuntamiento condonaba sus deudas por liquidaciones municipales a propietarios colindantes a Carboneras Playa: Srs. Rubau y otros”. 
El enojo del arquitecto no sólo proviene por una actitud consistorial que considera “improcedente” por cuanto los activos de sus empresas eran más que suficientes para hacer frente a la deuda y porque en ejemplos de impago como el suyo las administraciones se limitan al inicio y culminación de procedimientos de embargo, y nunca a instar la quiebra del deudor; sino también porque las cantidades reclamadas no se correspondían con la deuda real.
“El propio comisario de la quiebra –relatan los letrados del empresario- en su informe acerca de la viabilidad de la empresa emitido en fecha de 4 de mayo de 2004, determinó que “tras extensos trabajos de aclaración y ajustes con la Delegación del Catastro en Almería, se ha resuelto que únicamente 4 inmuebles pertenecen a la sociedad [Carboneras Playa]”.
“Esta situación ha ocasionado graves perjuicios en el terreno económico, que se extiende en un periodo de más de doce años”, que alcanzan al “cierre registral que imposibilita el acceso a inscripciones, dificultades en la obtención del crédito, deterioro de la imagen corporativa, pérdida de clientes, contratos y operaciones mercantiles relacionadas con su actividad, menoscabo del estado de conservación del patrimonio social y, en definitiva, la paralización práctica de la actividad comercial de la empresa […] con la agravante de que la solicitante de la quiebra fue una Administración Pública, que en modo alguno debió promoverla”. 
Los males del empresario, que vive a caballo entre Carboneras y París, adquirieron tintes de pesadilla al conocer que merced a un auto del juzgado de Vera emitido el 27 de mayo de 2003, se encontraba en situación de “busca y captura” y “arresto domiciliario” como consecuencia de todo lo anterior.
Pero las intenciones de los letrados de Cacoub no parecen dirigirse en exclusiva hacia la exigencia al erario municipal de la millonaria indemnización. En varios párrafos de la reclamación recuerdan a los actuales gobernantes –la coalición GICAR/PP- que si bien el Reglamento de las Administraciones Públicas recoge que “los particulares demandarán directamente a la Administración las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados por las autoridades y el personal a su servicio, una vez satisfecha dicha indemnización la Administración correspondiente podrá exigir de sus autoridades y demás personal a su servicio la responsabilidad en que hubieran incurrido por dolo, culpa o negligencia grave”. Es más, esta acción deberá hacerse “de oficio”. Es decir, sin que nadie inste a ello. 
De acuerdo a lo anterior, el actual gobierno de Carboneras podría iniciar cuantas acciones legales crea convenientes para reclamar a sus antecesores –el exalcalde Fernández y sus concejales- las cantidades indemnizadas al vecino o a la mercantil damnificada, estableciendo si su proceder fue producto de “la negligencia, la ignorancia, la temeridad o el abuso de sus funciones […] que el particular no tiene el deber jurídico de soportar”. 
Para los abogados del empresario, “el auténtico responsable en estos supuestos en realidad no es la Administración como tal, sino la persona concreta que actúa por ella y que, amparada en ella y con una actuación irregular, provoca determinados perjuicios” no sólo al administrado, sino a “la propia Administración”, que “puede llegar a sufrir un daño muy importante en su condición de garante de la protección y administración de los intereses generales […] erosionando el principio de legitimidad y de presunción de validez de su actuación”.
El informe pericial de daños aportado al Ayuntamiento por Cacoub, firmado por Pelegrín García Martínez, del Colegio de Titulados Mercantiles y Empresariales de Almería y miembro del Registro Oficial de Auditores de Cuentas, concluye que “la responsabilidad [municipal] conlleva la exigencia de una indemnización de 11.452.595,37 euros, desglosados de la siguiente forma: “10.887.860,98 por lucro cesante, 456.323,99 por daño emergente y 108.410,40 por daño al honor”.
El alcalde, asombrado
El alcalde de Carboneras no sale de su asombro tras conocerse la astronómica demanda de indemnización exigida por Alain Cacoub, y no tanto porque el empresario lleve o no razón, sino por las espinosas consecuencias que la actuación del anterior primer edil Cristóbal Fernández pueda reportarle al Ayuntamiento. “Mi obligación es defender el interés general y eso no excluye ser justo con quien haya podido ser perjudicado, pero me encuentro ante un asunto que, según relata este vecino, parece extremadamente grave”. No obstante, adelantó que “la reclamación ha sido derivada a los servicios jurídicos municipales para su estudio, valoración y conclusión”.

1 comentario :

  1. La reacción del "alcalde asombrado", parece más propia de un extraterrestre que acabase de llegar a Carboneras, que de alguien que tiene esa responsabilidad, y además es un carbonero que ha vivido toda su vida en el pueblo. ¿Otro que se entera de las cosas por los periódicos?. ¿Es que no conoce los desmanes perpetrados ,durante décadas, por sus antecesores?.¿Tapar toda la basura que encontraron ,dejada por los otros, es defender el interés general?. ¿O es ,quizás, ser justo con los perjudicados?. Mantener ,y defender, a algunos funcionarios que fueron piezas clave en aquél tinglado infame que perjudicó a tanta gente ,además del Sr. Cacoub, ¿qué interés persigue?. ¿El general, o el de la justicia?. Si hubiera trabajado 4 años por el interés general y por hacer justicia con los perjudicados, hubiera arrasado en la selecciones. No ha hecho nada: de ahí sus pobres resultados, que le van a tener en el alambre toda la legislatura. Sr alcalde, saque la cabeza de debajo de ese ala de avestruz, y actúe. Si no lo hace, no estará defendiendo el interés general, ni estará siendo justo con los perjudicados, ni probablemente tenga más oportunidades de hacerlo en el futuro. Además estará prevaricando. Y ,si no pone a los servicios jurídicos a trabajar para que quien lo hizo lo pague, la basura de los otros caerá sobre Ud.

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