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Más aclaraciones sobre la UE-6 de Garrucha

MATEO MUÑOZ FERNÁNDEZ

30·03·2016


Lo que nos movió a suscribir el segundo convenio fue la amenaza clara y tajante del alcalde Andrés Segura de que no nos iba a dar la licencia de primera ocupación, después de haber acordado una segunda revisión de la licencia de obras y una segunda paralización de las mismas 


Después de que Miguel Ángel Sánchez publicara en la primera quincena de febrero de 2016 la noticia de que “la finca municipal Vistalegre responderá ante cualquier responsabilidad de Segura en la UE-6”, se han producido reacciones en este mismo medio por parte del Señor Secretario del Ayuntamiento de Garrucha Don Juan Luis Pérez Tornell, y por parte el ex alcalde Don Adolfo Pérez López. Ambos se hacen eco de esta noticia de la que sacan distintas conclusiones. Hay sin embargo argumentos que se entrecruzan, como por ejemplo el que sostiene Don Adolfo Pérez en el sentido de que “como es bien sabido, no siempre la verdad judicial coincide con la verdad real, ya que cuando uno ha sido amenazado y no lo puede demostrar, la partida la tiene perdida lo que pienso que aquí va a suceder”. El Señor Secretario del Ayuntamiento de Garrucha transcribiendo párrafos de recientes sentencias judiciales sobre la UE-6, viene a sostener sobre esta cuestión de la prueba, que Promociones e Inversiones Muñoz Fernández S.L. no ha podido acreditar en sede de la Jurisdicción Contenciosa (la Jurisdicción Penal todavía no ha hablado a este respecto) que “el temor de no obtener la licencia de primera ocupación de 28 de las 134 viviendas fuera la única causa para celebrar el convenio, ni que fuera tal la intención de la Corporación”. Sin embargo, créanme, no fue ése nuestro temor. En realidad lo que nos movió a suscribir el convenio fue la amenaza clara y tajante del Señor Alcalde de la Corporación Municipal, Don Andrés Segura, ante los medios de comunicación social, de que no nos iba a dar la licencia de primera ocupación a las 134 viviendas de la promoción, después de haber acordado una segunda revisión de la licencia de obras que amparaba la edificación –la primera fue desestimada por el Consejo Consultivo de Andalucía- y una segunda paralización de las mismas, todo ello con el visto bueno del Señor Secretario de la Corporación Municipal. A este respecto tengo que decir que son muy pocas las licencias municipales que son revisadas de oficio por los Ayuntamientos en la Comunidad Autónoma Andaluza. De las miles que se otorgaron durante la burbuja inmobiliaria no se habrán revisado más de tres o cuatro al año. Al lector inquieto le invitamos a que consulte la memoria del Consejo Consultivo de Andalucía durante esos años. Ahora bien, de lo que no se tiene noticia es que una misma licencia se revise dos veces por los mismos hechos. No existen antecedentes en la Memoria de ningún Consejo Consultivo de los muchos que existen en España. Tampoco en el Consejo de Estado. En este sentido, el Señor Secretario del Ayuntamiento de Garrucha -que va de víctima por la vida- tiene el dudoso honor de haber batido un récord avalando –por acción u omisión- tan extravagante, por insólita, conducta de una administración pública. Pero además, que esa segunda revisión y suspensión de las obras de la UE-6 –declarada posteriormente ilegal por sentencia firme- se utilice para forzar la voluntad de un promotor para firmar un convenio contrario a sus intereses, tampoco deja en buen lugar el buen hacer de un Secretario de la Corporación Local que tiene como obligación legal ser imparcial, objetivo y neutral. 

Por otro lado, sobre el contenido de la sentencia que cita el Señor Secretario habría mucho que hablar. Por ejemplo, en esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Granada da por bueno el argumento de que el convenio “no es contrario al interés público o al ordenamiento jurídico”. Sin embargo, otra sentencia del mismo Tribunal dictada el 17 de noviembre de 2014, que ratificó la legalidad de las licencias de primera ocupación de las 28 viviendas que nos concedió un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Almería, afirma que la actividad administrativa conducente al otorgamiento de las licencias de primera ocupación es una actividad reglada, ya que es “esencial autorizar las obras en el sentido de su adecuación al proyecto amparado por la licencia de obras”. Y más adelante indica: d) “Que no es lícito que, con motivo del examen de los extremos atinentes a la licencia de primera ocupación, se pueda denegar ésta con fundamento en el incumplimiento de la normativa urbanística de aplicación por la licencia de obras, en tanto que ésta ya ingresó en el patrimonio jurídico del solicitante” (FD 5º). Esta sentencia también es firme y las costas también se le impusieron a la parte apelante, en este caso el Ayuntamiento de Garrucha. Por tanto si el otorgamiento de las licencias de primera ocupación es una actividad reglada ¿cómo se puede convenir sobre ello? ¿En qué quedamos, es una materia disponible o indisponible? ¿Cómo puede ser lícito que un Ayuntamiento nos exija más de 2 millones de euros por unas licencias de primera ocupación que forman parte de nuestro patrimonio según dicha sentencia? 

En este sentido, Don Adolfo Pérez se equivoca cuando dice en su artículo que el Ayuntamiento nos entregó las 28 licencias de primera ocupación y después nos negamos al pago. No fue el Ayuntamiento de Garrucha quien nos otorgó dichas licencias, fue el Juzgado como hemos dicho. 

El Señor Secretario dice finalmente que “sería curioso que dos tajantes pronunciamientos de los juzgados [contrarios a las explicaciones de Hermanos Muñoz] se vieran contradichos por una sentencia penal”. Y añade “pero cosas más raras se han visto”. Es cierto que la justicia penal todavía no se ha pronunciado sobre este asunto, pero por lo que vemos, el “investigado” Secretario se sentará en el banquillo con buen ánimo. Veremos el próximo año qué dice un Juzgado de lo Penal sobre este asunto. Pero es verdad que en este país se han visto cosas más raras, entre ellas la conducta del Señor Secretario municipal de Garrucha. Quizás la culpa sea de “su mala cabeza” como él mismo parece reconocer. 

Próximamente, abriremos una página web cuyo nombre será ue6degarrucha@castillodejesusdenazareno.com donde colgaremos los documentos más relevantes referidos al “escándalo de la UE-6 de Garrucha”. 


*GERENTE DE LA PROMOTORA ‘HERMANOS MUÑOZ FERNANDEZ SL’.



2 comentarios :

  1. El huevo de D. Adolfo30 de marzo de 2016, 16:09

    Que dice D. Adolfo que los Muñoz tienen toda la razón pero que van a palmar porque no van a poder demostrar la amenaza que les hizo Andrés.
    Después de esta afirmación uno se imagina imagina que tal amenaza se hizo en un cuarto oscuro, o con antifaz, o a dehoras de la noche. Pero no. Dicen ahora los amenazados que fue ante los medios de comunicación social (en rueda de prensa, vamos).
    !Pues ha puesto un huevo De.Adolfo!

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  2. Si separamos el grano de la paja, queda esto: el Alcalde dijo que no daría la licencia de primera ocupación. No es mucho.
    Y si tenemos en cuenta que tal hecho ya ha sido juzgado en vía Administrativa, sin hallar amenaza alguna, entonces:NO TENÉIS NADA.

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