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Andalucía y el urbanismo del popurrí

CLEMENTE FLORES MONTOYA 

11·11·2016
EL CRECIMIENTO URBANÍSTICO, tan importante como inesperado, que experimentó tanto Mojácar como otros pueblos de la comarca en los últimos años del siglo pasado y en los primeros del presente, le sobrevino sin haberse dotado de los medios necesarios para su ordenamiento y gestión. Para el caso de Mojácar, dado que el Ayuntamiento no era capaz de llevarlo a cabo, debería haber sido la Junta de Andalucía la que tomase las riendas del proceso y obligase al Ayuntamiento a redactar un Plan General para sustituir las Normas Subsidiarias caducadas y obsoletas, que se vieron desbordadas desde el primer momento. Seguramente el nuevo planeamiento que se necesitaba no se había podido configurar, como había sucedido otras veces, porque el Ayuntamiento no estaba dispuesto a cambiar su forma de ver y de hacer la ciudad, lo cual fue a su vez la causa principal de obsolescencia y de inutilidad de las Normas en vigor. 

SESENTA MODIFICACIONES 

Las aproximadamente sesenta modificaciones puntuales de las Normas Subsidiarias redactadas en esos años son la mejor prueba de que las que se aplicaban no servían para mucho, ni han contribuido a evitar que se produjera un crecimiento urbano, desequilibrado y desordenado, que afecta a la calidad ambiental, a la mala distribución de los servicios y a la carencia de infraestructuras, como hemos ido relatando a lo largo de esta serie de artículos. 

En estos años, la silueta tradicional de las pequeñas aglomeraciones de viviendas rurales se ha sustituido por una masa informe de nuevas edificaciones que al invadir el paisaje de forma masiva y mal planificada han hecho que se vayan perdiendo muchos retazos de los valores históricos que poseía. Durante el proceso, que ha puesto al descubierto las carencias de los ayuntamientos para dirigir adecuadamente el crecimiento urbano, se percibe el abandono y la dejación de la Junta de Andalucía, que en materia de urbanismo ha practicado una clara dejación de funciones y que cuando ha intervenido lo ha hecho de forma deslavazada y a destiempo. 

Seguramente, por esta causa los vicios y deficiencias en materia de gestión urbanística, que hemos ido recogiendo y que se han repetido con algunas variaciones en otros lugares de Andalucía, no son achacables sólo a los Ayuntamientos, sino que arrancan de la falta de ideas claras sobre las líneas de trabajo a seguir durante los primeros tiempos de andadura de la Junta. 

El urbanismo, enfocado de forma global, se acometió tarde, ya que, aunque la Junta tenía transferidas competencias urbanísticas desde los años setenta, no se promulgó una ley clara y concreta que la implicase en el planeamiento y la ordenación del territorio hasta mediados de los noventa (Ley 1/1994). Incluso se podría decir que hasta ocho años después, entrado ya el nuevo siglo (Ley7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía). 

Se ha dicho que durante ese período la Junta seguía valiéndose de la legislación estatal, pero eso no es enteramente verdad, porque en diversas materias relacionadas con el urbanismo y la ordenación del territorio, dictó de forma caprichosa cuantas leyes y decretos le vino en gana sin molestarse demasiado de cómo se gestionaba su aplicación ni cómo se interrelacionaban entre sí, y de esta forma ha ido mezclando actuaciones ampulosas, descompasadas o rigurosas, con otras vacilantes, pusilánimes, insustanciales y contradictorias. 

Trataremos de dejar las palabras y pasar a los hechos ciñéndonos a unos pocos casos. 

Hablamos del litoral y en concreto del Decreto-Ley 5/2012 de medidas urgentes en materia urbanística y para protección del litoral de Andalucía. 

El decreto afecta al espacio costero que “precisa de un enfoque unitario e integrador que permita encauzar las dinámicas de crecimiento urbanístico que tienen un alcance supramunicipal e incluso regional”, y para ello crea la figura del Plan del Corredor Litoral de Andalucía, que se incorpora a la planificación territorial mediante una modificación de la Ley 1/1994. 

¿MEDIDAS URGENTES? 

El primer comentario que se nos ocurre es la extemporaneidad de la ley “de medidas urgentes”, que se promulga cuando han pasado 33 años desde que se habían transferido a la Junta “los medios para el ejercicio de sus competencias en materia de urbanismo”, 29 años desde que se transfirieran las potestades para formular y aprobar planes de ordenación del litoral (Decreto 2802/83), y 18 desde de que se hubiese publicado la Ley de Ordenación del Territorio de Andalucía. ¿Cómo entender que a estas alturas se recurra a medidas de urgencia? 

Si nos centramos en los antecedentes concretos del municipio de Mojácar debemos recordar que en materia de costas, además de todo lo anterior, una de las objeciones que le pusieron para aprobar las Normas Subsidiarias en 1987 era que se reflejasen los resultados del Plan Especial de la Zona Costera, y tampoco está de más recordar que el plan Especial de Protección del Medio Físico de la Provincia de Almería, aprobado ese mismo año, reflejaba de forma bastante detallada las condiciones urbanísticas que tenía que cumplir la zona costera. ¡Cuánto papel mojado que sólo intenta justificar lo injustificable! 

Uno no encuentra justificación para que en el decreto de medidas urgentes que comentamos, no se haga prácticamente ninguna alusión a las leyes de costas que son de obligado cumplimiento para el mismo espacio litoral. Las consecuencias de esta forma de actuar saltan a la vista con sólo hojear el citado decreto, ver gráficamente reflejado el estado actual del litoral que se recoge en el documento y compararlo con la situación correspondiente a los años setenta. Ni siquiera es necesario tomarse esa molestia, pues basta con leer lo que el mismo decreto recoge en su preámbulo: “las urbanizaciones, las infraestructuras y las actividades económicas han conllevado la pérdida de ecosistemas valiosos, el deterioro del paisaje y el incremento de la carga contaminante de los vertidos al litoral”. 

Por extraño que parezca, y no ha sido por falta de normativa, como podemos constatar, la planificación litoral ha corrido estos años, que ya son muchos, a su libre albedrío sin que a nadie le importase lo más mínimo el cumplimiento de la normativa legal aplicable. Seguramente muchas de las actuaciones negativas de los órganos que dependen de la Junta, por acción o por omisión, hay que atribuirlas a la falta de conocimiento y de experiencia de sus políticos-funcionarios, algo escasos de ética profesional. Cualquiera no vale para cualquier puesto. 

Sin necesidad de salirnos de la costa, el caso del Algarrobico es un ejemplo paradigmático, que no un caso aislado, sobre cómo han funcionado conjuntamente las leyes y la gestión de los organismos que las dictan, imponen y controlan. La forma de actuar y proceder de la Administración en este caso, ha acabado por desconcertar hasta la justicia, que al final con sus sentencias, más que aclarar las cosas creando disciplina concreta en la materia, ha generado confusión con un galimatías de sentencias donde es imposible descifrar quien está a cada lado de cada ley. En alguna ocasión hemos escrito, y lo reiteramos, que la costa está llena de Algarrobicos por falta de leyes claras, de planes serios, de ayuntamientos que han funcionado a su aire pensando que la ley acaba donde empieza su término municipal, y por unas instituciones supramunicipales que con su proceder cicatero no se han ganado el debido respeto. 

Cuarenta años de democracia institucional no han bastado para implantar una cultura basada en el respeto al imperio de la ley. La primera causa para explicarlo seguramente radica en que se han dictado demasiadas leyes por quienes no tienen ni conexión ni conocimiento con la realidad en que han de aplicarse. 

No queremos finalizar esta entrega en que tratamos de analizar las actuaciones de la Junta sin comentar algún ejemplo de planes concretos elaborados por ella. 

Para el caso de Mojácar y otros diez pueblos vecinos, sin duda el Plan de Ordenación más importante de los que puede redactar la Junta, es el Plan de Ordenación del Levante (POTLA) aprobado por Decreto 26/20009. 

El POTLA es un plan tan pernicioso tanto por los objetivos que persigue, como por los impedimentos que supone de cara a plantearse otros objetivos distintos. Escribimos hace varios años algunos artículos sobre El Llano Central y sus similitudes con el pelotazo que el famoso pocero Paco Hernando había proyectado en Seseña. Lo que entonces escribimos sobre su viabilidad imaginando el futuro, hoy es una realidad. No hay previsiones ni futuro para El Llano Central, pero nadie nos sabe explicar por qué existen grandes inversiones paralizadas “sine die” en el AVE y un desdoblamiento de la carretera Vera-Garrucha, también paralizado, cerca de donde iba a situarse el Llano Central y donde estaba previsto que llegase la Autopista Vera-Cartagena. Lo que sí sabemos es que el anuncio de esas inversiones era una magnífica publicidad para un posible pelotazo urbanístico. 

Por si fuera poco, todo el programa completo del POTLA se vendía con la bandera de la Vivienda de Protección Oficial, que era la panacea para solucionar la crisis inmobiliaria inventada por el mismo presidente iluminado que ideó regalar una bombilla para solucionar la crisis energética y el Plan E para dar fin a los endeudamientos de los Ayuntamientos. 

Entre otras maldades, el POTLA obligaba al Ayuntamiento mojaquero a adaptar su Plan de Ordenación a las determinaciones de aquél, cosa que aparte de ser un atentado a los derechos de la participación ciudadana, es de hecho un ataque al sentido común. 

La guerra que se desata entre la Junta y el Ayuntamiento resulta incomprensible para cualquiera que lea que ambas instituciones están pleiteando en el Tribunal Supremo porque la Junta se opone a sacar adelante una más de las muchas variaciones puntuales de las normas Subsidiarias que cambia la calificación de los terrenos, al mismo tiempo que de mutuo acuerdo aprueba otra en la que transforman más de 100.000 m2 de suelo no urbanizable en urbanizable. No es un caso aislado sino un caso más del popurrí urbanístico mojaquero. ¿Quis custodiet ipsos custodet? escribió Juvenal. ¿Quién nos guardará de los que nos guardan? ¡Dios nos coja confesados!



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