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Las NN.SS y el Plan Especial del Medio Físico. (El urbanismo en Mojácar 12).

CLEMENTE FLORES MONTOYA

15·06·2016

LA APROBACIÓN DE LAS NORMAS urbanísticas de Mojácar “en dos tiempos” (29 de mayo y 23 de diciembre de 1987) por la Comisión Provincial de Urbanismo, vino a bendecir la continuidad de una forma de hacer negocios a la medida de los intermediarios locales de suelo y de los pequeños empresarios-constructores que surgieron por doquier. Para todos, el suelo no pasaba de ser una mercancía que aumentaba de valor y que multiplicaba las ganancias cuando le ponían una casa encima. “Todos” querían que hubiese mucho suelo “urbanizable”, sin que a nadie le preocupase las condiciones que debía reunir un suelo para ser considerado como tal. Las ‘Normas’ no se pensaron buscando un modelo de crecimiento ordenado “haciendo ciudad” y espacios para compartir. Lo que se buscaba era ampliar hasta donde fuera posible el mercado de suelo edificable, aunque se lograse a costa de incumplir leyes, normas oficiales o recomendaciones de organismos supramunicipales, o de perder “suelo agrícola” que es costoso de conseguir y de mantener con el clima y la topografía que tenemos. 

Los “autores” de las normas, con su obsesión por el negocio especulativo inmediato, dinamitaron para siempre las posibilidades del futuro y sobre todo actuaron de espaldas a lo que “valía” y significaba cada metro de suelo. “Cosa es de necios confundir valor y precio”, dijo el poeta, y en Mojácar se sobrepasaron todos los límites, porque buscando telas viejas para fabricar papel rompieron hasta los cuadros para utilizar los lienzos. 

Las Normas Subsidiarias llegaron para intentar tapar las ilegalidades con que se estaba desarrollando el proceso de destrucción imparable de un enclave medioambiental único, que era Mojácar. 

Con la aprobación de las Normas se abrió un proceso por el que Mojácar pasó de ser una ciudad donde todos querían quedarse, a ser una trivialidad de escaparate que sirve para ocupar una tarde de vacaciones, pasar por el pueblo en fila india y soltar en todo caso al final una moneda en el platillo por la compra de un souvenir. Llegar hasta ahí ha costado trabajo a los mojaqueros, pero el hombre consigue casi todo aquello que busca denodadamente. Era la ocasión de enderezar el rumbo, recoger anclas y alejarse de la tormenta pero a nadie pareció importarle la situación. 

LA GRAN OCASIÓN 

El Plan Especial de Protección del Medio Físico es una figura de planeamiento que está recogida tanto en la Ley del Suelo de 1976 (arts. 17 y siguientes), como en El Reglamento de Planeamiento (Sección 7ª, arts. 143 y siguientes). Estos Planes Especiales suelen serlo de ámbito supramunicipal y son vinculantes cuando los aprueba el Organismo Urbanístico autorizado para ello. 

El Plan General de Ordenación Urbana de un municipio cualquiera no puede contravenir con relación a ese municipio lo dispuesto por un Plan Especial y esa fue, como veremos, la primera regla que tanto el Ayuntamiento de Mojácar como la Comisión Provincial de Urbanismo se saltaron a la torera. 

El Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Bienes Protegidos de la Provincia de Almería, en adelante PEPMFA, se comenzó a redactar de acuerdo a una Orden de 17 de noviembre de 1982 junto al del resto de provincias andaluzas. Se trataba de un Planeamiento formulado por la Dirección General de Urbanismo que por un lado identificaba y acotaba áreas de protección especial por sus valores físicos y naturales, y por otro establecía y fijaba objetivos y criterios para redactar el planeamiento municipal y orientar las actuaciones de la Comisión Provincial de urbanismo. 

Con independencia de cualquier crítica sobre contenidos, en el espíritu del Plan estaba la pretensión de utilizar la planificación como instrumento de gestión del patrimonio territorial, e incorporar el paisaje como elemento activo de esa planificación, y el suelo, como recurso no renovable soporte de actividades agrícolas, culturales y recreativas. 

Utilizando esas palabras tan rimbombantes como huecas, a que estamos acostumbrados, la tardanza en redactar el Plan se justificó por “el especial énfasis puesto en la participación social e institucional y para asegurar la perfecta sintonía entre las exigencias y demandas sociales de velar por el patrimonio ambiental y las determinaciones del Plan”. Dime de qué presumes y te diré de qué careces. 

En lo referente a Mojácar, el PEPMFA delimitó tres espacios protegidos: 

-Complejo Litoral de Interés Ambiental (LA-6) Acantilado de Sierra Cabrera-525 has. 

-Sierra Cabrera (CS-7) Complejo Serrano de Interés Ambiental y Espacio Forestal de Interés Recreativo, 10.300 has. que pertenecen a los municipios de Mojácar, Carboneras, Turre y Sorbas. 

-Zona húmeda transformada. Laguna de Mojácar (HT-1). 9 has. 

(Hace siete años con ocasión de los incendios de Sierra Cabrera, que llegaron hasta las puertas de Mojácar, dediqué una serie de artículos bajo el título de “No me toquéis las cabras” para hablar sobre los dos primeros espacios. Sobre el último de los tres espacios, también en ACTUALIDAD ALMANZORA, escribí un extenso artículo “Réquiem por un lugar protegido”). 

El PEPMFA fue aprobado inicialmente por la Comisión Provincial de Urbanismo en su reunión de 23 de marzo de 1984 de acuerdo a lo recogido en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería de 24 de mayo de 1984. El Plan Especial es “aprobado definitivamente por Orden de 7-7-86 del Consejero de Obras Públicas” y se publica en el B.O.J.A. a primeros de agosto de ese año. 

Cuando oficialmente se publica por primera vez el PEPMFA, ya hacía medio año que había sido aprobado por la Comisión Provincial de Urbanismo. La empresa almeriense IMCA estaba redactando con el Ayuntamiento de Mojácar las Normas Subsidiarias. 

En aquel momento el Plan Especial, redactado de conformidad con los artículos 17 a 22 de la Ley del Suelo, y 76 a 82 del Reglamento de Planeamiento, era un maná caído del cielo para que Mojácar pudiese cambiar su forma de crecer y andar otro camino revalorizando y potenciando sus tierras y sus paisajes. Aunque el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento, no es posible imaginarse que los redactores y el Ayuntamiento desconociesen el contenido del Plan Especial, y mucho menos que redactasen las Normas saltándose, como les vino en gana, sus limitaciones y directrices. Tampoco es comprensible el papel que jugó la Comisión Provincial de Urbanismo aprobando las Normas que nunca debió aprobar, por muchos considerandos que utilizase para hacerlo. ¿Cuál era la sintonía que movía a los actores? 

El PEPMFA fue un décimo de lotería premiado que los mojaqueros se encontraron sin comprarlo en un momento en que estaban tan obsesionados por el dinero que produce “el negocio del solar”, que no tenían ojos para el paisaje, ni tiempo para pensar en otros usos del suelo. Fue una oportunidad de rendir homenaje a su historia y a sus antepasados poniendo en valor, con los medios disponibles, los suelos de los montes en cuya formación y conservación varias generaciones habían gastado su vida. 

Carecían de conocimientos de sensibilidad y de respeto hacia su propia historia y hacia la cultura medioambiental que había llegado para instalarse impregnándose del barniz de la sostenibilidad. 

En un teatro clásico los sentimientos que transmiten los actores tiene relación directa con su calidad artística, pero en un guiñol todos los actores son marionetas y sus acciones reflejan la voluntad de la persona, muchas veces invisible, que está manejando los hilos. 

LA PRIMAVERA DEL 87 

Las Normas subsidiarias habían sido enviadas a la Comisión Provincial en diciembre y en febrero, la Comisión remitió una carta al Ayuntamiento de Mojácar para que se realizasen algunas correcciones formales. 

El B.O.J.A. de 18 de mayo de 1987 publica una RESOLUCIÓN de 25 de abril de1987 por la que la Consejería de Obras Públicas y Transportes aprueba definitivamente el PEPMFA. La misma Resolución aparece en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería de 29 de junio de 1987. De acuerdo con la Resolución de la Junta, la Comisión Provincial de Urbanismo había aprobado el PEPMFA el día 20 de febrero, repitiendo la aprobación realizada tres años antes. 

(El Boletín Oficial de la Provincia de Almería de 11 de marzo de 1987 publicó un extracto de las resoluciones adoptadas en la sesión de 20 de febrero de 1987 y, aunque baja al detalle, por ejemplo, cuando informa sobre una vivienda de Antonio López Flores en las Alparatas, y otra de Roy Emille Pullén en Mícar, no hace ninguna referencia a la aprobación del citado PEPMFA sobre la que se apoyan las aprobaciones posteriores de la Junta). 

Una vez RE-APROBADO y modificado el PEPMFA por la Consejería es cuando la Comisión Provincial procede a aprobar, condicionalmente, las Normas de Mojácar el 29 de mayo de 1987. 

¿Por qué se produjo una nueva aprobación? ¿Realmente se hizo? ¿Por qué no hace referencia el boletín a la aprobación? ¿Quién promovió los cambios del PEPMFA que prácticamente concernían solamente al término municipal de Mojácar? La misma Resolución justifica los cambios relativos al catálogo de Espacios y Bienes protegidos diciendo que obedecen “al perfeccionamiento técnico necesario para garantizar la correcta aplicación…” – “¿Dónde vas?” – “Manzanas traigo”, contesta el labriego. 

Siendo espectadores no podemos asegurar quién movía los hilos, pero tampoco es necesario ser muy sabio para conocer a quiénes beneficiaban las decisiones. 

De todos los espacios señalados para la Provincia de Almería, cuando estaban a punto de aprobarse las Normas Subsidiarias sólo hubo que introducir correcciones en los límites en “los espacios denominados Sierra Cabrera y Acantilados de Sierra Cabrera”. Ni que decir tiene que se estaba intentando desproteger a toda prisa la zona de Macenas que conformaba el Sector Nº 1 de las Normas. 

Estaba escrito. El 16 de diciembre de 1986 apareció en un periódico de gran tirada, un artículo firmado por un respetado periodista de la zona, que hablando a través de dos concejales del proyecto de Macenas decía: “La empresa de consulting que dirige el ex presidente de la Junta de Andalucía Rafael Escuredo, ha iniciado los trámites para que el proyecto sea una realidad. De hecho, esta zona se encontraba dentro del Plan de Protección del Medio Físico elaborado por el Gobierno Andaluz…”. Y añadía: “Mojácar y el levante almeriense están condenados a convertirse en zonas de turismo de lujo, vino a decir Juan Manuel Pérez, hasta ahora delegado provincial de la Consejería de Fomento y Turismo de la Junta de Andalucía y vinculado al pequeño lobby del que forma parte Escuredo”. La vida está llena de casualidades.

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